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Destrucción de Bienes y Mercadería

El servicio va dirigido a las industrias en general que cuentan con productos, materiales, mercaderías vencidas, deterioradas o descontinuadas y tiene como finalidad, demostrar ante la SUNAT, la prueba de destrucción de los desmedros de existencias efectuadas, el procedimiento se realiza ante la presencia de un Notario Público previa comunicación con SUNAT según sea aplicable, el cual se debe informar en un plazo no menor a dos días hábiles anteriores a la fecha en que se llevará a cabo la destrucción de los referidos bienes, para que así todo el valor de sus desmedros de existencias destruidas sea un gasto deducible para su impuesto a la renta.